SELECCIÓN DE BOCAS DE INCENDIO EQUIPADAS

Como se comentaba en la guía de diseño de sistemas de PCI, los edificios ó establecimientos que deben estar provistos de BIE’s se encuentran en el anexo 3 del RSCIEI ó en el Documento Básico de Seguridad en caso de incendio sección 4 (DB SI 4) del CTE.
Para los requisitos de instalación por su parte, hay que recurrir al apéndice 1 del RIPCI.
Además, sería aconsejable consultar la reglamentación local o alguna otra que pudiera completar la anterior mencionada. En cuanto a la documentación exigible a estos equipos, se debe consultar igualmente el apéndice 1 del RIPCI y las normas de obligado cumplimiento derivadas de la Directiva de los Productos de la Construcción (CPD) en el Boletín Oficial de las Comunidades Europeas (BOCE). De esta consulta, resulta de aplicación que estos equipos deben ser certificados bajo la norma EN 671 para su comercialización con el marcado.